Incorporación del cumplimiento anti blanqueo de dinero en un programa de cumplimiento

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Las empresas globales deberían implementar un programa anti blanqueo de dinero (AML) y prácticas Conoce a tu Cliente (KYC) que sigan el esquema general de las mejores prácticas, aunque no es necesario que sea tan riguroso como una institución financiera. Para la mayoría de las empresas, los riesgos anti blanqueo pueden abordarse en políticas y procedimientos existentes y no requerir ampliaciones en un programa de cumplimiento.

Sin embargo, una empresa debe documentar su evaluación de riesgos, estrategias de mitigación e implementación. Requiere algo de tiempo y atención, pero para la mayoría de las empresas debería ser una carga relativamente menor en comparación con otros riesgos más importantes. Un programa anti blanqueo básico para instituciones no financieras es una importante copia de seguridad de otros elementos más críticos del programa de cumplimiento, y proporciona protecciones importantes contra riesgos reputacionales reales y significativos.

Un programa que se centre en definir claramente los procesos para llevar a cabo las tres áreas clave de KYC (Programa de Identificación del Cliente: Customer Identification Program, Diligencia Debida y Control continuo) se debe adaptar para abordar los riesgos específicos identificados a través de un programa formal de evaluación de riesgos.

Un proceso AML y KYC básico debe incluir lo siguiente:

  1. Información sobre distribuidores y revendedores: las empresas globales deben recopilar información relevante de sus clientes para permitir una evaluación de riesgos del cliente basado en los factores específicos detallados anteriormente. Las bases de datos e inteligencia públicos se deben emplear como parte del proceso de evaluación.
  2. Proceso de Diligencia Debida del Cliente vs Diligencia Debida Mejorada: Las compañías globales tienen que definir de antemano un proceso para distinguir entre los requisitos de Diligencia Debida del Cliente y Diligencia Debida Mejorada para los riesgos anti blanqueo de dinero. Es importante que las empresas globales realicen una evaluación de riesgos y utilicen esa evaluación de riesgos para identificar los factores relevantes a fin de determinar si realizan una Diligencia Debida del Cliente o Diligencia Debida Mejorada para un distribuidor o revendedor específico. Los ingresos proyectados, la ubicación geográfica, los propietarios beneficiarios del distribuidor o revendedor y la posible participación de una Persona Políticamente Expuesta (PEP) serán factores importantes en este análisis.
  3. Beneficiarios: Es importante, para combatir la corrupción, las sanciones y el cumplimiento ALD, que las empresas globales identifiquen a los propietarios beneficiarios de sus distribuidores y revendedores. Ese puede ser un proceso muy desafiante, especialmente en países de alto riesgo como Rusia y China. Cada beneficiario debe ser evaluado a causa de la corrupción, sanciones y riesgos AML.
  4. Cumplimiento de Flow-Down: si bien las empresas globales no se relacionan directamente con los subdistribuidores o revendedores, las empresas globales deberían considerar tomar algunas medidas para garantizar que sus distribuidores verifiquen la información y controlen las transacciones con los revendedores. Además, las empresas globales pueden incorporar en su programa anticorrupción de diligencia debida una serie de preguntas o cuestiones de seguimiento para recopilar la información necesaria para evaluar los riesgos anti blanqueo entre los revendedores seleccionados. Esta información podría compartirse con los distribuidores para aumentar la supervisión de los revendedores de alto riesgo.
  5. Control y auditoría: las empresas globales deben incorporar en sus programas de control y / o auditoría un proceso para identificar las tendencias y transacciones relevantes que pueden generar riesgos AML. Por ejemplo, si se espera que un distribuidor participe en una serie de transacciones y posteriormente realice numerosas transacciones muy por encima del rango esperado, las compañías globales deberían tener un mecanismo para activar la notificación al personal de cumplimiento, de modo que se puedan realizar consultas de seguimiento sobre las razones de las transacciones.
  6. Revisión de políticas y contratos: las políticas y procedimientos existentes de las compañías globales deben ser revisados ​​en cuanto a la consistencia y definición de su programa de cumplimiento ALD y sus políticas y procedimientos. De manera similar, las compañías globales deben revisar todos sus contratos escritos con distribuidores, revendedores, proveedores para garantizar que se aborden y estén dirigidos los riesgos, responsabilidades, procedimientos de terminación y derechos de auditoría.
  7. Documentación: las empresas globales deben mantener documentos relacionados con su programa de cumplimiento anti blanqueo, incluidas las actividades de diligencia debida, control y auditoría. La documentación es fundamental para evaluar su programa anti blanqueo, así como proteger a las empresas de la investigación del gobierno y las acciones de aplicación.

Fuente: Trulioo

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Saioa Echebarria
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